lunes, 16 de julio de 2012

Condena a privación de uso por molestar


En relación con el tema ya tratado en este blog sobre la cesación de acciones molestas por parte de las vecinos o inquilinos y el procedimiento a realizar, nos parece interesante comentar la reciente sentencia de la Audiencia de Valencia que ha condenado a un hombre y una mujer a no residir en su propia vivienda durante tres meses después de que sus vecinos de finca les denunciaran por las molestias y ruidos que causaban.

La comunidad de propietarios de la finca, ubicada en la localidad valenciana de Xirivella, demandó a la pareja por las "molestias y ruidos, sobre todo nocturnos", que provenían de su casa desde finales de 2006.

La relación entre demandantes y demandados derivó además en un juicio de faltas por amenazas y agresión que acabó con sentencia absolutoria, y burofaxes y un acto de conciliación requiriendo a la pareja el cese del ruido denunciado.

Las molestias cesaron durante algún tiempo pero se reanudaron en 2009, como continuaron denunciando los vecinos y consta en diferentes intervenciones policiales.

Los vecinos plasmaron sus quejas en actas, llevaron a cabo requerimientos fehacientes, llamadas a la policía y una vez finalizado el procedimiento judicial, han conseguido esta novedosa sentencia.

Según la jurisprudencia que recoge la sentencia, no está permitido al propietario u ocupante de un piso desarrollar en éste actividades prohibidas que resulten dañosas para la finca o contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El juez ha considerado probado que las "actividades molestas, nocivas e ilícitas existen" en la vivienda de los denunciados desde el año 2006 y continúan a lo largo de 2009.

Les condena, por ello, a la privación del uso de la vivienda de su propiedad durante tres meses y del uso del resto de elementos comunes y los derechos conexos a la propiedad durante este tiempo.

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